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Nueva implementación de recetas electrónicas

Desde el primero de enero de 2025, las recetas electrónicas son obligatorias en todo el país: conocé cuáles son los puntos más importantes que tenés que saber sobre esta implementación.

¿Desde cuándo entra en vigencia la receta electrónica?

Desde el primero de enero de 2025 para comprar medicamentos en las farmacias serán válidas las recetas electrónicas emitidas por sistemas homologados por el Ministerio de Salud en las localidades del país adheridas a la Ley 27553.

OSPEJ, como Obra Social Nacional, adhiere a la Reglamentación dispuesta por el Decreto 345/2024, aceptando las prescripciones electrónicas provenientes de cualquiera de las plataformas aprobadas por el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). 

¿Se podrá seguir utilizando las recetas manuscritas en papel?

Las recetas en papel emitidas hasta el 31/12/24 tendrán validez para la obtención de medicamentos en farmacia como hasta ahora, dentro de su período de vigencia habitual que es de 30 días desde la fecha de emisión y ante situaciones de excepción como falta de conectividad y/o interrupciones del sistema.

Teniendo en cuenta las diferencias jurisdiccionales que se presentan en la actualidad con respecto a la exclusividad de la receta electrónica, se aclara que OSPEJ no restringe el uso de la receta en papel, si la farmacia puede aceptarla de acuerdo a la normativa local vigente, OSPEJ la aceptará como documentación prescriptiva válida hasta tanto se unifique la modalidad prescriptiva en todo el país 

Requisitos para autorizar recetas:

Las recetas deben pertenecer a una Institución de nuestra Cartilla Médica y realizarse exclusivamente a través de las plataformas registradas en el ReNaPDiS (Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias).

Las recetas deben tener la siguiente información:

Nombre y apellido.
Número de afiliado.
Medicación: nombre genérico, dosis, cantidad (en números).
Si corresponde al Plan Materno Infantil (P.M.I.) debe estar indicado:
- Fecha (vigencia de 30 días)
- Dos medicamentos por receta.
- Diagnóstico para cada medicamento prescripto.
Firma y sello médico.

Sin esos datos correctos se considerarán inválidas. Los psicofármacos deben ser con receta por duplicado.